Resumen del Artículo quinientos noventa y cinco

Artículo quinientos noventa y cinco del Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) — 1. Además de las funciones encomendadas a la Presidencia, el Consejo General del Poder Judicial ejerce sus atribuciones en Pleno o a través de las Comisiones previstas en esta Ley Orgánica. 2. En el Consejo General del Poder Judicial existirán las siguientes Comisiones:…

LOPJVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo quinientos noventa y cinco

1. Además de las funciones encomendadas a la Presidencia, el Consejo General del Poder Judicial ejerce sus atribuciones en Pleno o a través de las Comisiones previstas en esta Ley Orgánica.

2. En el Consejo General del Poder Judicial existirán las siguientes Comisiones: Permanente, de Calificación, Disciplinaria, de Asuntos Económicos, de Igualdad y de Supervisión y Control de Protección de Datos.

Norma publicada: 1 de julio de 1985

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo quinientos noventa y cinco

¿Qué dice el Artículo quinientos noventa y cinco del LOPJ?

1. Además de las funciones encomendadas a la Presidencia, el Consejo General del Poder Judicial ejerce sus atribuciones en Pleno o a través de las Comisiones previstas en esta Ley Orgánica. 2. En el…

¿El Artículo quinientos noventa y cinco del LOPJ está vigente?

El artículo quinientos noventa y cinco del LOPJ está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo quinientos noventa y cinco dentro del LOPJ?

Se encuentra en la estructura: LIBRO VIII.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo quinientos noventa y cinco?

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